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DISPOSICIONES GENERALES

 

ARTICULO 1o. NATURALEZA Y DENOMINACION: La entidad es una empresa asociativa, de derecho privado sin ánimo de lucro, cuya organización y funcionamiento se rigen por el presente estatuto, por las disposiciones legales vigentes y en especial la legislación sobre Fondos de Empleados, y se denomina FONDO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO, el cual se identifica también con la sigla “FOSOL”.  Esta bajo la vigilancia, supervisión y control de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

 

ARTÍCULO 2o. DOMICILIO Y AMBITO DE OPERACIONES: El domicilio principal de FOSOL es la ciudad de Bogotá,  Departamento de Cundinamarca y tiene como ámbito de operaciones todo el territorio de la República de Colombia.

 

ARTÍCULO 3o. DURACION: La duración de FOSOL es indefinida, pero podrá disolverse y liquidarse en cualquier momento, en los casos, en la forma, términos previstos por la ley y el presente estatuto.

 

ARTICULO 4o. CARACTERÍSTICAS: Son características de FOSOL las siguientes:

 

  1. Estará  integrado por los empleados y quienes  hayan adquirido derecho a pensión siendo servidor del Instituto de Desarrollo Urbano  que, voluntariamente  se asocien.

  2. Igualdad de derechos de participación y decisión sin consideración de sus aportes.

  3. Respeto a la dignidad del ser humano,  como causa y objetivo del ámbito social en el que se desarrolla,  mediante la solidaridad.

  4. Capital variable constituido por los aportes de sus asociados.

 

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FONDO DE EMPLEADOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - FOSOL

CAPÍTULO 1

ESTATUTOS/

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